15/1/2006.- LA TRIBUTACIÓN AUTONÓMICA
Madrid agita el mapa fiscal al eximir de impuestos a la donación familiar
• La medida fomenta la transmisión en vida y libre de cargas de inmuebles, negocios y otros activos
• Las herencias entre parientes dejarán de pagar en el 2007 en la comunidad gobernada por el PP
Madrid ha agitado el panorama tributario autonómico con la exención del pago de impuestos a todas las
donaciones realizadas entre familiares directos (cónyuges, hijos y descendendientes en general) desde el
pasado 1 de enero. La comunidad presidida por Esperanza Aguirre (PP) ha puesto en marcha un proceso que
parece un camino irreversible hacia el desmantelamiento de los tributos de sucesiones y de donaciones,
gravamen cedido a las autonomías en el régimen de financiación actual, según el Registro de Economistas
Asesores Fiscales (REAF).
Las herencias también son fruto de un movimiento de rebaja que exime a la mayoría de los contribuyentes en
numerosas autonomías y ha desatado una fuerte competencia entre territorio. La medida de la comunidad
madrileña bonifica con una reducción del 99% el pago del impuesto de donaciones a las transmisiones entre
vivos recibidas por hijos, descendientes o cónyuges.
La norma, recogida en la ley de acompañamiento de los presupuestos para el 2006, tan sólo requiere que el
donatario sea residente en la comunidad. Sólo en Aragón (gobernada por el PSOE y el PAR) se ha aprobado
una medida similar, con una reducción del 95% para las donaciones de padres a hijos, pero con sumas limitadas,
al igual que se hizo en su día en Catalunya cuando gobernaba CiU. En Valencia (PP), la ventaja se limita a los
descendientes.
En los despachos y asesorías fiscales se prevén herencias en vida, es decir transmisiones de viviendas y de
activos financieros sin fallecimiento de por medio. La única contrapartida es que la donación tributa en el IRPF
del beneficiario como incremento patrimonial.
En Madrid, se producirá una sorprendente diferenciación entre sucesiones y donaciones a lo largo de este año.
Un mismo bien podrá tributar si es heredado --con una exención por los primeros 100.000 euros (el doble que el
año pasado)--, mientras que quedará exento si es donado. En todo caso, el año que viene también las herencias
entre parientes directos quedarán exentas, según afirmó un portavoz de la consejería de Hacienda de Madrid.
TRASPASO DE EMPRESAS
El objetivo de la exención de las donaciones no es sólo eximir del pago a las ayudas que los padres dan a los
hijos para comprar vivienda, sino "estimularlas en los negocios familiares en los que el padre quiera, antes de la
edad de jubilación, transmitir la empresa a un hijo". Como ejemplo ponen un negocio valorado en 360.000 euros
donado por el titular con menos de 65 años a su hijo. Hasta el 2005, pagaba 70.731 euros. Ahora sólo tendrá
que liquidar 707 (el 1% de la cuota), en concepto de control tributario, según las mismas fuentes.
En el 2004 hubo 2.573 declarantes de donaciones en Madrid. El beneficio estimado de la medida es de unos 25
millones de euros, si bien está previsto que el volumen de transmisiones entre vivos crezca considerablemente
gracias a la exención. En cuanto a las herencias, el beneficio previsto es de 115 millones y el colectivo exento, el
95% del total, según la consejería.